Fue durante la V Sesión Ordinaria, que se llevó adelante en las instalaciones del Museo Virginia Choquintel. Los concejales aprobaron varios proyectos para dar soluciones habitacionales a los riograndenses. El Municipio de Río Grande cederá al Gobierno nacional un loteo en Chacra XIII donde se construirán las viviendas a través del PROCREAR.
Río Grande.- Este martes se llevó adelante la V Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante en las instalaciones del Museo Virginia Choquintel.
Durante la sesión los Concejales un proyecto del Ejecutivo Municipal, que ratifica el convenio entre el Fondo Fiduciario ´Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (PRO.CRE.AR) y el Municipio de Río Grande.
Asimismo aprobaron el Convenio Marco de Adhesión al Sistema de Adjudicación “Procrear Cogestión Local” acordado entre el Fondo Fiduciario “Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar”, por medio del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, representado por el Señor Secretario de Desarrollo Territorial del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, Escribano Scatolini, en su carácter de Titular Alterno del Comité Ejecutivo de Pro.Cre.Ar. y este Municipio, representado por el Sr. Intendente Municipal, en un todo de acuerdo a la documentación obrante en el Expediente Nº 3259/2022.
Además se autoriza al Ejecutivo a transferir al Fondo Fiduciario Público, denominado «Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar» (PROCREAR) el dominio del bien inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción RG, Sección: E, Macizo: 103, Parcelas, ubicado en Chacra XIII.

También se autoriza al Ejecutivo a la suscripción de un Convenio Específico con PROCREAR, el cual se regirá por los siguientes parámetros: estipular que la contraprestación que correspondiere al Municipio no superará el valor de tasación del inmueble, establecido por el Tribunal de Tasaciones de la Nación (TTN). A los fines de mantener el valor de la contraprestación que correspondiere, a favor del Municipio, la tasación de dicho inmueble será convertido en Unidades de Vivienda, (UVI – Ley N° 27.271), tomando como referencia el valor a la fecha en la que la tasación fuera informada, conforme cotización publicada por el Banco Central de la República Argentina.
El valor de la contraprestación a favor del Municipio, fijado en UVIS, será abonado por el Fiduciario en la cantidad equivalente de Unidades de vivienda o lotes, (según corresponda), al finalizar las obras necesarias para su generación en el inmueble transferido, tomando como referencia el costo de cada una de las UF/LCS fijado en UVIS.